01 ABR, 2020
Bienes Personales: se prorroga la fecha prevista para para efectuar la repatriación
Mediante el decreto 330/2020, se prorroga hasta el 30 de abril de 2020, inclusive, la fecha de repatriación prevista para el período fiscal 2019, a los fines de lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del decreto 99/19.
Recordemos que por el artículo 11 del citado decreto 99/19, estableció que no corresponderá determinar el tributo con la alícuota diferencial, cuando los sujetos hubieran repatriado activos financieros hasta el 31 de marzo de cada año, inclusive, que representen por lo menos un 5% del valor de los bienes situados en el exterior.
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