02 AGO, 2019
Régimen de facilidades de pago de hasta 60 cuotas. Posibilidad de ingresar deuda vencida hasta el 30/4/2019 y obligaciones de planes caducos en julio de 2019 o rechazados
Mediante la RG (AFIP) 4541, se amplía el régimen de facilidades de pago de hasta 60 cuotas dispuesto por la RG (AFP) 4477.
Se establece la posibilidad de incluir las deudas vencidas hasta el 30 de abril de 2019 en las mismas condiciones que estaban previstas originalmente para las deudas vencidas al 31/1/2019 y se establece un pago a cuenta del 5% para deudas que fueron regularizadas en planes de pago que hubieran quedado caducos hasta el 31/7/2019 o rechazados a partir del 1/7/2019.
Por último, señalamos que el tope del 2,5% en la tasa mensual aplicable a las mipymes, y también para el resto de los contribuyentes que realicen un pago a cuenta del 20% de la deuda regularizada, se extiende hasta el 31 de agosto.
ETIQUETAS planes de pago
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