15 NOV, 2018
Procedimiento previo a despidos sin justa causa
Mediante el Decreto 1043/2018, se establece que el empleador deberá comunicarle al Ministerio de Producción y Trabajo, con una anticipación no menor a 10 días hábiles, la decisión de despedir trabajadores contratados por tiempo indeterminado sin mediar justa causa, antes de hacerla efectiva.
La Autoridad de Aplicación, de oficio o a pedido de parte, podrá convocar a una audiencia para que, en dicho plazo, se evalúen las condiciones en que se llevará a cabo la futura extinción laboral.
El incumplimiento de este procedimiento dará lugar a las multas previstas en el Anexo II de la ley 25212 ”“ Pacto Federal Fiscal.
No se encuentran alcanzados por este procedimiento los trabajadores de la industria de la construcción contratado en los términos de la ley 22.250.
La presentes disposiciones tiene vigencia a partir del 13 de noviembre de 2018 y hasta el 31 de marzo de 2019 inclusive .
ETIQUETAS laboral y previsional
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