29 DIC, 2021
Emergencia pública en materia ocupacional. Doble indemnización. Reducción gradual
Mediante el Decreto 886/2021, se amplía hasta el 30/06/2022 la emergencia pública en materia ocupacional. En el caso de despido sin causa, el trabajador afectado tendrá derecho a percibir, además de la indemnización correspondiente, un incremento equivalente:
- del 75% del monto de la misma, desde el 1 de enero de 2022 y hasta el 28 de febrero de 2022;
- del 50% a partir del 1 de marzo de 2022 y hasta el 30 de abril de 2022; y
- del 25% desde el 1 de mayo de 2022 y hasta el 30 de junio de 2022.
Se mantiene, para todos los casos, el tope de $ 500.000.
El presente decreto no será aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia del DNU 34/19, ni al Sector Público Nacional.
ETIQUETAS laboral y previsional
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