12 JUN, 2024
Fiscalización de Sociedades Anónimas por parte de la Inspección General de Personas Jurídicas
La Ley General de Sociedades establece que las sociedades anónimas se encuentran sujetas al contralor administrativo, norma de carácter general aplicable en todo el país.
En el caso de la Provincia de San Juan, el contralor está a cargo de Inspección General de Personas Jurídicas. Ese organismo dispone, entre otras cuestiones, la obligatoriedad de la presentación de documentación relativa a la celebración de asambleas, que en todos los casos debe llevarse a cabo en un plazo que no debe exceder de 15 días hábiles posteriores a la celebración. Y se encuentra legalmente facultado para aplicar sanciones, que inicialmente consisten en un apercibimiento, pero en caso de reincidencia continúan con el pago de multas que pueden llegar hasta 5 veces el importe de la tasa anual (actualmente la multa máxima ascendería a $275.000, importe que es incrementado periódicamente).
El organismo mencionado está aplicando las sanciones indicadas, por lo cual es altamente recomendable tener en cuenta la necesidad de que las presentaciones se realicen en el plazo legal mencionado, lo que en general depende de decisiones que adopta el Directorio. Atento que existen circunstancias en las cuales esos plazos no se cumplen, recomendamos tomar contacto con el contador auditor o responsable del área legal de nuestro Estudio, para evaluar los casos particulares que puedan presentarse y adoptar las medidas apropiadas.
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