14 SEP, 2018
Se reglamenta la devolución de saldos a favor técnicos de IVA generados por inversiones en bienes de capital
Mediante el Decreto (PEN) 813/2018, se adecua la reglamentación del impuesto al valor agregado en virtud de las modificaciones dispuestas por la ley 27.430, con relación a la devolución del saldo a favor técnico por compra, construcción, fabricación, elaboración o importación definitiva de bienes de capital cuando hayan transcurrido 6 períodos fiscales consecutivos.
Al respecto, se incorporan disposiciones relacionadas con el régimen de devolución de créditos fiscales o impuesto facturado por compra, construcción, fabricación, elaboración o importación definitiva de bienes de uso, estableciéndose que la AFIP dispondrá los requisitos y condiciones que se deberán cumplir para efectuar la solicitud y los recaudos sobre la razonabilidad y legitimidad del crédito fiscal o impuesto facturado sujeto a devolución.
La entrada en vigencia es a partir del del 12/9/2018.
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