18 FEB, 2019
Reducción de la base imponible de contribuciones patronales para ciertas actividades del sector primario agrícola e industrial
Mediante el Decreto (PEN) 128/2019, se establece que los empleadores de determinadas actividades del sector primario e industrial podrán aplicar el 100% de la detracción prevista en el artículo 4 del decreto 814/2001, reduciéndose la base de cálculo para el pago de las contribuciones patronales con destino a la seguridad social a $ 17.509,20.
La presente normativa regirá a partir del 16 de febrero de 2019 y surtirá efectos para las contribuciones patronales que se devenguen a partir del día 1 de marzo de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2021.Las actividades alcanzadas por la presente medida son las siguientes (se indica el código de actividad):
- Cultivo de arroz. 011111
- Cultivo de oleaginosas n.c.p. excepto soja y girasol (incluye los cultivos de oleaginosas para aceites comestibles y/o uso industrial: cártamo, colza, jojoba, lino oleaginoso, maní, ricino, sésamo, tung, etc.). 011299
- Cultivo de papa, batata y mandioca. 011310
- Cultivo de tomate. 011321
- Cultivo de bulbos, brotes, raíces y hortalizas de fruto n.c.p. (Incluye ají, ajo, alcaparra, berenjena, cebolla, calabaza, espárrago, frutilla, melón, pepino, pimiento, sandía, zanahoria, zapallo, zapallito, etc.). 011329
- Cultivo de hortalizas de hoja y de otras hortalizas frescas (Incluye acelga, apio, coles, espinaca, lechuga, perejil, radicheta, repollo, etc.). 011331
- Cultivo de legumbres frescas (Incluye arveja, chaucha, haba, lupino, etc.). 011341
- Cultivo de tabaco. 011400
- Cultivo de algodón. 011501
- Cultivo de vid para vinificar. 012110
- Cultivo de uva de mesa. 012121
- Cultivo de frutas cítricas (Incluye bergamota, lima, limón, mandarina, naranja, pomelo, kinoto, etc.). 012200
- Cultivo de manzana y pera. 012311
- Cultivo de frutas de pepita n.c.p. (Incluye membrillo, níspero, etc.). 012319
- Cultivo de frutas de carozo (Incluye cereza, ciruela, damasco, durazno, pelón, etc.). 012320
- Cultivo de frutas tropicales y subtropicales (Incluye banana, ananá, mamón, palta, etc.). 012410
- Cultivo de frutas secas (Incluye almendra, avellana, castaña, nuez, pistacho, etc.). 012420
- Cultivo de frutas n.c.p. (Incluye kiwi, arándanos, mora, grosella, etc.). 012490
- Cultivo de caña de azúcar. 012510
- Cultivo de plantas sacaríferas n.c.p. (Incluye remolacha azucarera, etc.). 012590
- Cultivo de frutos oleaginosos (Incluye el cultivo de olivo, coco, palma, etc.). 012600
- Cultivo de yerba mate. 012701
- Cultivo de té y otras plantas cuyas hojas se utilizan para preparar infusiones. 012709
- Cultivos perennes n.c.p. 012900
- Producción de leche bovina (incluye la cría para la producción de leche de vaca y la producción de leche bubalina). 014610
- Producción de huevos. 014820
- Elaboración de pescados de mar, crustáceos y productos marinos. 102001
- Fabricación de aceites, grasas, harinas y productos a base de pescados. 102003
- Preparación de conservas de frutas, hortalizas y legumbres. 103011
- Elaboración y envasado de dulces, mermeladas y jaleas. 103012
- Elaboración de jugos naturales y sus concentrados, de frutas, hortalizas y legumbres (No incluye la elaboración de jugos para diluir o en polvo llamados "sintéticos" o de un contenido en jugos naturales inferior al 50% actividad 110492). 103020
- Elaboración de frutas, hortalizas y legumbres congeladas. 103030
- Elaboración de hortalizas y legumbres deshidratadas o desecadas, preparación n.c.p. de hortalizas y legumbres (Incluye la elaboración de harina y escamas de papa, sémola de hortalizas y legumbres, hortalizas y legumbres deshidratadas, etc.). 103091
- Elaboración de frutas deshidratadas o desecadas, preparación n.c.p. de frutas. 103099
- Elaboración de aceite de oliva. 104012
- Preparación de arroz. 106120
- Elaboración de azúcar. 107200
- Elaboración y molienda de hierbas aromáticas y especias. 107912
- Preparación de hojas de té. 107920
- Elaboración de yerba mate. 107930
- Elaboración de mosto. 110211
- Elaboración de vinos (Incluye el fraccionamiento). 110212
- Elaboración de sidra y otras bebidas alcohólicas fermentadas. 110290
- Elaboración de bebidas no alcohólicas n.c.p. (Incluye los jugos para diluir o en polvo llamados "sintéticos" o de un contenido en jugos naturales inferior al 50%), (No incluye a los jugos naturales y sus concentrados, de frutas, hortalizas y legumbres - actividades 103020). 110492
- Aserrado y cepillado de madera nativa. 161001
- Aserrado y cepillado de madera implantada. 161002
- Fabricación de muebles y partes de muebles, principalmente de madera. 310010
ETIQUETAS laboral y previsional
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