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Régimen de retención del IVA y Ganancias para operaciones de transferencias electrónicas de fondos por cobranzas a comerciantes de servicios con billeteras electrónicas

No sufrirán retenciones las empresas categorizadas como ?micro empresas? ...

Mediante la RG (AFIP) 4622, se establece un régimen de retención del IVA y de ganancias aplicable a las liquidaciones que los sujetos que administren servicios electrónicos de pago y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros efectúan a los comerciantes, locadores o prestadores de servicios, y no se trate de entidades administradoras de sistemas de pago con tarjetas de crédito, de compra y/o de pago.

No sufrirán retenciones las empresas categorizadas como ?micro empresas?, mientras que aquellas categorizadas como ?potenciales micro empresas? deberán realizar un trámite electrónico para quedar también excluidas.

Las presentes disposiciones resultan de aplicación para los pagos de las liquidaciones que se realicen a partir del 19/11/2019.

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