21 JUN, 2018
Situación de los condominios frente al Monotributo
El decreto reglamentario de la ley de monotributo establece que a los condominios les corresponde el mismo tratamiento que el previsto para las sociedades. Al eliminarse, a partir del 1/6/2018, por la ley 27.430, la posibilidad de que las sociedades de hecho e irregulares se encuentren en el monotributo, existe incertidumbre sobre cómo queda la situación de los condominios, ya que el decreto reglamentario no ha sido modificado para permitir la permanencia en el régimen de estos sujetos y la AFIP no les posibilita imprimir la constancia de inscripción en el monotributo.
Al respecto, la AFIP ha manifestado en la reunión de Espacios Consultivos con CPCECABA, de fecha 26/04/2018 que "Conforme lo previsto en el decreto 1/2010 los condominios reciben igual tratamiento que el de las sociedades adheridas al RS. Considerando que dicha equiparación se encuentra prevista en el decreto reglamentario, no sería AFIP quien tendría a su cargo formular la aclaración reglamentaria solicitada, sino que debería ser objeto de la necesaria modificación del citado decreto. Por tal motivo no estaríamos en condiciones de anticipar el tratamiento que recibirán mediante la modificación de la mencionada reglamentación."
ETIQUETAS Monotributo
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