04 ENE, 2021
Provincia de San Juan: Base imponible diferencial de ingresos brutos para la comercialización mayorista de carnes en general efectuada por abastecedores
Mediante la Resolución (DGR San Juan) 1145/2020 (B.O. 23/12/2020), se establece que, a los fines de poder aplicar la base imponible diferencial constituida por la diferencia entre los precios de compra y de venta en el impuesto sobre los ingresos brutos, aplicable a período fiscal 2021, los contribuyentes que desarrollen la actividad de comercialización mayorista de carnes en general efectuada por abastecedores -art. 119, inc. h), CF-, desarrollada en el territorio provincial, deberán tener pagados al 31/8/2021 el impuesto inmobiliario y el impuesto a la radicación de automotores que se encuentren vencidos al 30/6/2020, de los inmuebles y automotores de su propiedad.
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