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04 SEP, 2018

Modificación de los derechos de exportación

Mediante el Decreto 793/2018 se oficializan los cambios anunciados por el Ministro de Hacienda en los derechos de exportación. Hasta el 31/12/2020 y a partir de los permisos de embarque que se oficialicen desde el 04/09/2018, se aplica un derecho de exportación del 12% sobre todas las mercaderías del arancel, con una novedad: tendrá un máximo de $ 4 por dólar para los productos mineros y agrícolas primarios (incluyendo frutas y hortalizas) y de $ 3 por dólar para el resto de los productos.

Para la soja y sus derivados, se elimina el cronograma de reducción, adelantándose ahora los niveles a que iba a llegar el 31/12/2019 el derecho de exportación, de modo que la soja pagará el 18% (y algunos subproductos el 16 y 11%), adicionalmente al 12% arriba indicado.

De esta forma, la "estructura" del arancel de exportación queda así: 

  • soja: 18% + 12% (máximo $ 4/dólar) 
  • derivados de soja: 16% ó 11% + 12% (máximo $ 4/dólar) 
  • productos agrícolas y mineros primarios: 12% (máximo $ 4/dólar) 
  • demás productos (incluyendo industriales de base no agraria): 12% (máximo $ 3/dólar).

Para los productos que ya tienen derecho de exportación (básicamente soja y derivados), el máximo de $ 4 por dólar sólo se aplica al 12% ahora creado, ya que el 18% para la soja no tendrá máximo alguno. 

Por otra parte, este nuevo derecho adicional deberá ser pagado dentro de los 15 días corridos desde el libramiento de exportación. No será aplicable la espera de 120 días o hasta el ingreso de las divisas (lo que ocurriera primero) que anteriormente estaba prevista para los exportadores de menos de U$S 20.000.000 al año.

ETIQUETAS comercio exterior

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