07 NOV, 2019
Se deja sin efecto la obligación de presentar el "balance para fines fiscales"
Mediante la RG (AFIP) 4626, se unifica la normativa aplicable para la determinación e ingreso del impuesto a las ganancias por parte de sociedades, empresas unipersonales, comisionistas, rematadores, consignatarios y demás auxiliares de comercio, fideicomisos y otros que practiquen balance comercial.
Se deja sin efecto la obligación de presentar el “Informe para Fines Fiscales”.
Las presentes disposiciones serán de aplicación para las obligaciones cuyos vencimientos operen a partir del 7/11/2019.
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