06 JUL, 2019
Honorarios de abogados, procuradores, agentes fiscales -apoderados y letrados patrocinantes- y de peritos del fisco. Tasa de interés aplicable en caso de mora en el pago
Mediante la RG (AFIP) 4513, se establece que, a partir del 10/7/2019, se utilizará la tasa pasiva promedio del Banco Central de la República Argentina para calcular los intereses en caso de mora en el pago de honorarios estimados administrativamente correspondientes a procuradores, agentes fiscales, representantes del Fisco, abogados u otros funcionarios que se desempeñen en carácter de apoderados y/o letrados patrocinantes del Organismo.
ETIQUETAS juicios de ejecución fiscal
VOLVER