22 ABR, 2019
Nueva forma de facturar para operaciones de compraventa de pollos parrilleros
Mediante la RGC (AFIP - Sec. Gob. de Agroindustria) 4460, se establecen comprobantes electrónicos específicos de utilización obligatoria para todos los sujetos que intervienen en las operaciones de compraventa de pollos parrilleros y/u otras aves terminadas y carnes en consignación del sector avícola, y para la liquidación de crianza de pollos parrilleros.
En tal sentido, y sin perjuicio de que optativamente pueden ser utilizados con anterioridad, los siguientes comprobantes electrónicos deben utilizarse obligatoriamente para las operaciones que se efectúen desde el 1/6/2019:
- Cuenta de Venta y Líquido Producto (tipo “A” o “B”) - Sector Avícola;
- Liquidación de Compra (tipo “A” o “B”) - Sector Avícola;
- Liquidación de Compra Directa (tipo “A”, “B” o “C”) - Sector Avícola;
- Liquidación de Venta Directa (tipo “A” o “B”) - Sector Avícola;
- Liquidación de Contratación de Crianza de Pollos Parrilleros (tipo “A”, “B” o “C”);
- Liquidación de Crianza de Pollos Parrilleros (tipo “A” o “B”).
Se establece un procedimiento de intercambio de información electrónico de operaciones entre la AFIP y la Secretaría de Gobierno de Agroindustria del Ministerio de Producción y Trabajo, a los fines de ejercer los controles que hacen a su competencia con sustento en la trazabilidad de las operaciones que posibilitan los nuevos comprobantes
ETIQUETAS Facturación y registración
VOLVER