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28 MAR, 2019

Modificaciones al Régimen de Facturación y Registración

Mediante la RG (AFIP) 4444, se efectúan diversas adecuaciones en materia de facturación y registración. Entre los aspectos más salientes, destacamos:

  • Se eleva, a partir del 2/5/2019, de $ 5.000 a $ 10.000 el importe a partir del cual deben ser identificados los consumidores finales, únicamente cuando se trate de operaciones canceladas con tarjetas de crédito, débito u otro medio de pago electrónico. Los citados importes serán actualizados semestralmente, en los meses de enero y julio. 
  • Se establece que si al momento de solicitarse el CAE para la emisión de una factura tipo A la AFIP constatara determinadas inconsistencias (vgr. Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) inválida, no encontrarse categorizado como responsable inscripto en el impuesto al valor agregado) por parte del receptor del comprobante, asignará un CAE junto con un código que identificará las irregularidades observadas, y el IVA discriminado en dicho comprobante no podrá computarse como crédito fiscal. 
  • Se oficializa la prórroga para la comercialización de controladores fiscales de vieja tecnología y la posibilidad de recambiar las memorias de dichos equipos hasta el 31/8/2019. Con posterioridad al 31/8/2019, solo se podrá recambiar la memoria por fallas técnicas de equipos de vieja tecnología cuya fecha de adquisición no posea más de un año de antigüedad. 
  • Los equipos de vieja tecnología podrán ser utilizados hasta el 31/5/2021 si se poseen 11 equipos o más, hasta el 31/7/2021 si se poseen entre 2 y 10 equipos, y hasta el 30/9/2021 en el caso de un solo equipo. 
  • Los sujetos que desarrollen como actividad principal “Venta al por mayor en supermercados mayoristas de alimentos” y/o “Venta al por mayor de materiales y productos de limpieza”, que en el último año comercial hayan registrado operaciones por un monto mayor a $ 50.000.000 y opten por utilizar controladores fiscales deberán utilizar equipos de nueva tecnología a partir del 1/9/2019. 
  • Los reportes “resumen de totales” y “reporte de duplicados” que deben generar los sujetos que utilicen controladores fiscales de nueva tecnología deberán ser informados en forma mensual para los monotributistas y semanalmente por parte de los responsables inscriptos y los exentos de IVA. Similar tratamiento debe aplicarse a la generación de la “Cinta testigo digital”. 
  • Se extiende hasta el 30/6/2019 la posibilidad de utilizar el programa aplicativo AFIP DGI - RECE - Régimen de Emisión de Comprobantes Electrónicos - versión 4.0.

ETIQUETAS Facturación y registración

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