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02 JUL, 2018

Los productores de uva en fresco deben inscribirse desde el próximo 2 de julio en SENASA

Desde el próximo 2 de julio, los productores de uva en fresco de Mendoza y San Juan deben inscribirse en el Sistema de Medidas Integradas (SMI), para poder comercializar su producción en las provincias que no integran las regiones de Patagonia, Cuyo y el Noroeste. 

Esta medida tiene el fin de evitar la dispersión de la Polilla de la Vid, en el marco del Programa Nacional de Prevención y Erradicación de Lobesia botrana. 

La inscripción al SMI se llevará a cabo de lunes a viernes de 8.30 a 13.30, en sede del Centro Regional Cuyo, Av. 25 de Mayo esquina Alvear.

La documentación requerida para los productores que se inscribieron en la temporada pasada es:

  • Declaración Jurada de Destino de la Producción (Formulario 6), de carácter excluyente para esta reinscripción.
  • DNI del propietario, original y fotocopia. En el caso de no ser el titular (encargado, administrador, etc.) se deberá presentar además la autorización y la fotocopia del DNI. 
  • En el caso de personas jurídicas se deberá presentar además nota de autorización de los propietarios, original y fotocopia del DNI del responsable que presenta la documentación, constancia impresa de CUIT correspondiente a la razón social que figura en el RENSPA.
  • Constancia de inscripción en el RENSPA.
En el caso de inscribirse por primera vez, tanto como propietarios o sociedades, de los interesados pueden comunicarse con: Oficina San Juan, 264 4231341 y 4235515, lobesiasj@senasa.gob.ar

El Senasa recuerda que si la uva en fresco producida en Mendoza y San Juan tiene como destino las regiones de la Patagonia Norte (Río Negro y Neuquén) y Sur (Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego), Cuyo (Mendoza, San Juan y La Rioja) y Noroeste (Catamarca, Salta, Jujuy, Tucumán y Santiago del Estero), los productores no pueden realizar movimientos de la fruta bajo este sistema. Para dichos destinos deben cumplir con el tratamiento cuarentenario de fumigación con bromuro de metilo, de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente. 

Por último, los empaques, centros de distribución y/o frigoríficos y fraccionadores, que reciban uvas provenientes de establecimientos agrícolas habilitados por esta medida, podrán inscribirse hasta 15 días antes de recibir la fruta.

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