02 ENE, 2019
Derechos de exportación para prestaciones de servicios
Mediante el Decreto (PEN) 1201/2018, se otorgan precisiones sobre los derechos de exportación para prestaciones de servicios. Recordemos que las prestaciones de servicios realizadas en el país cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior se encuentran sujetas a un derecho de exportación del 12% con un tope de $ 4 por cada dólar estadounidense de valor imponible de la citada operación.
El nuevo derecho de exportación resulta aplicable para las operaciones que se facturen desde el 1/1/2019 hasta el 31/12/2020, incluso si se trata de contratos u operaciones que se hubieran iniciado con anterioridad al 1/1/2019.
Señalamos que las exportaciones efectuadas por las micro y pequeñas empresas comenzarán a tributar el derecho de exportación sobre el monto de exportaciones de prestaciones de servicios que en el año calendario exceda la suma acumulada de U$S 600.000 (seiscientos mil dólares estadounidenses).
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